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Artículo 35 del REGLAMENTO de la Ley General de Protección Civil

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si México recibe un donativo del extranjero (como dinero o cosas), solo se puede usar para lo que se acordó desde el principio, cuando se aprobó recibirlo. Además, en los reportes que se entreguen, tienes que explicar claramente en qué se gastó o usó ese donativo, siguiendo las condiciones que pidió la persona o institución que lo dio. Para hacer todo esto, debes trabajar junto con la Secretaría de Relaciones Exteriores, que es la dependencia del gobierno que maneja las relaciones con otros países.

Texto oficial

Artículo 35. En el caso de los Donativos internacionales, el uso deberá ser el convenido al momento de la aprobación para su recepción, además de señalar en los informes correspondientes el uso que se les dio a los Donativos, de acuerdo a las condiciones que sean requeridas por el donante, debiendo para ello hacerlo de forma coordinada con la Secretaría de Relaciones Exteriores.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.