Artículo 131 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El aviso del que habla el artículo anterior se debe entregar por escrito dentro de los tres días hábiles (contando solo lunes a viernes, sin contar días festivos) después de que ocurrió el accidente. Ese aviso debe incluir: tu nombre y dirección, o los datos del generador de residuos peligrosos y su número de registro; dónde y cómo es el lugar del accidente; qué lo causó; una descripción detallada de las sustancias peligrosas derramadas y sus características; y las acciones que ya tomaste para contener el problema.
Texto oficial
Artículo 131.- El aviso a que se refiere la fracción II del artículo anterior se formalizara dentro de los tres días hábiles siguientes al día en que hayan ocurrido los hechos y contendrá: I. Nombre y domicilio de quien dio el aviso o nombre del generador o prestador de servicios y el número de su registro o autorización otorgados por la Secretaría; II. Localización y características del sitio donde ocurrió el accidente; III. Causas que motivaron el derrame, infiltración, descarga o vertido accidental; IV. Descripción precisa de las características fisicoquímicas y toxicológicas, así como cantidad de los materiales peligrosos o residuos peligrosos derramados, infiltrados, descargados o vertidos, y V. Medidas adoptadas para la contención. CAPÍTULO II Programas de Remediación Sección I Disposiciones generales
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