Artículo 130 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si por un accidente o algo que no pudiste evitar (como un temblor) se te derrama o escapa una cantidad grande de sustancias o residuos peligrosos, tú, como el dueño de esos materiales o quien generó la basura tóxica, o la empresa que los manejaba, tienes que hacer varias cosas de inmediato. Primero, debes contener el derrame para que no se esparza más y limpiar el lugar. Segundo, tienes que avisar de inmediato a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) y a otras autoridades sobre lo que pasó. Tercero, debes cumplir con cualquier otra instrucción que te den esas autoridades, según lo que marca la ley. Y por último, si es necesario, tienes que empezar a revisar qué tan contaminado quedó el sitio y reparar el daño.
Texto oficial
Artículo 130.- Cuando por caso fortuito o fuerza mayor se produzcan derrames, infiltraciones, descargas o vertidos de materiales peligrosos o residuos peligrosos, en cantidad mayor a la señalada en el articulo anterior, durante cualquiera de las operaciones que comprende su manejo integral, el responsable del material peligroso o el generador del residuo peligroso y, en su caso, la empresa que preste el servicio deberá: I. Ejecutar medidas inmediatas para contener los materiales o residuos liberados, minimizar o limitar su dispersión o recogerlos y realizar la limpieza del sitio; II. Avisar de inmediato a la Procuraduría y a las autoridades competentes, que ocurrió el derrame, infiltración, descarga o vertido de materiales peligrosos o residuos peligrosos; III. Ejecutar las medidas que les hubieren impuesto las autoridades competentes conforme a lo previsto en el artículo 72 de la Ley, y IV. En su caso, iniciar los trabajos de caracterización del sitio contaminado y realizar las acciones de remediación correspondientes. REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 31-10-2014 50
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