Artículo 22 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada del medio ambiente) puede hacer acuerdos con empresas privadas, gobiernos estatales y municipales, y otras oficinas del gobierno federal. Esto lo hace para cumplir con los planes de manejo de basura y residuos. Con esos acuerdos, pueden impulsar planes que funcionen en todo el país, reducir la basura o darle un nuevo uso, facilitar el reciclaje, promover la compra de productos hechos con materiales reciclables o que se puedan devolver, y apoyar tecnologías baratas, buenas para el ambiente y la sociedad.
Texto oficial
Artículo 22.- La Secretaría podrá promover y suscribir convenios, en forma individual o colectiva, con el sector privado, las autoridades de las entidades federativas y municipales, así como con otras dependencias y entidades federales, para el logro de los objetivos de los planes de manejo, así como para: I. Promover planes de manejo de aplicación nacional; II. Incentivar la minimización o valorización de los residuos; III. Facilitar el aprovechamiento de los residuos; IV. Alentar la compra de productos comercializados que contengan materiales reciclables o retornables, y V. Incentivar el desarrollo de tecnologías que sean económica, ambiental y socialmente factibles para el manejo integral de los residuos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.