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Artículo 22 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada del medio ambiente) puede hacer acuerdos con empresas privadas, gobiernos estatales y municipales, y otras oficinas del gobierno federal. Esto lo hace para cumplir con los planes de manejo de basura y residuos. Con esos acuerdos, pueden impulsar planes que funcionen en todo el país, reducir la basura o darle un nuevo uso, facilitar el reciclaje, promover la compra de productos hechos con materiales reciclables o que se puedan devolver, y apoyar tecnologías baratas, buenas para el ambiente y la sociedad.

Texto oficial

Artículo 22.- La Secretaría podrá promover y suscribir convenios, en forma individual o colectiva, con el sector privado, las autoridades de las entidades federativas y municipales, así como con otras dependencias y entidades federales, para el logro de los objetivos de los planes de manejo, así como para: I. Promover planes de manejo de aplicación nacional; II. Incentivar la minimización o valorización de los residuos; III. Facilitar el aprovechamiento de los residuos; IV. Alentar la compra de productos comercializados que contengan materiales reciclables o retornables, y V. Incentivar el desarrollo de tecnologías que sean económica, ambiental y socialmente factibles para el manejo integral de los residuos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.