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Artículo 30 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los sistemas de manejo ambiental son reglas y procedimientos que las empresas o industrias deben seguir para cuidar el medio ambiente. Este artículo dice que esos sistemas, que están mencionados en otro artículo de esta ley, deben combinarse con los sistemas que ya existen en una ley federal más importante. Como si le pidieras a una empresa que use el mismo método para manejar sus residuos que el que ya marca la ley general, para no hacer dos procesos diferentes.

Texto oficial

Artículo 30.- Los sistemas de manejo ambiental a que se refiere el artículo 34 de la Ley se integrarán, en lo conducente, a los sistemas de manejo ambiental previstos en el artículo 17 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.