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Artículo 45 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si generas residuos peligrosos, puedes actualizar tus datos personales o la dirección de tu negocio directamente en el sistema que menciona el artículo 43 del Reglamento. Solo necesitas meter la información nueva ahí mismo. En cuanto lo hagas, la Secretaría (la autoridad ambiental) automáticamente dará por hecha la actualización, sin que tengas que hacer ningún otro trámite.

Texto oficial

Artículo 45.- Los generadores de residuos peligrosos podrán actualizar la información relativa a sus datos de identificación personal y del lugar donde generan sus residuos, mediante la incorporación de los nuevos datos en el sistema señalado en el artículo 43 del Reglamento y la Secretaría, en el momento de la incorporación, tendrá por realizada la actualización.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.