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Artículo 78 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si manejas un lugar donde se guardan residuos peligrosos, estás obligado a contratar un seguro para pagar cualquier daño que pueda ocurrir mientras das el servicio e incluso después de que termine. Ese seguro debe estar activo por 20 años después de cerrar el sitio, sin importar si tu negocio quiebra o si abandonas el lugar. Durante el tiempo que el proyecto esté funcionando, puedes juntar poco a poco las garantías hasta tener el dinero completo para cubrir los riesgos. En pocas palabras, la ley te exige tener un respaldo económico por si algo sale mal, y debes mantenerlo por mucho tiempo después de cerrar.

Texto oficial

Artículo 78.- El responsable de una instalación de disposición final de residuos peligrosos debe otorgar un seguro para cubrir la reparación de los daños que se pudieran causar durante la prestación del servicio y al término del mismo. El seguro señalado en este artículo debe mantenerse vigente por un periodo de veinte años posteriores al cierre de las celdas o de la instalación en su conjunto, independientemente de quiebra o abandono del sitio. El responsable podrá acumular las garantías durante el periodo de vida útil del proyecto hasta cubrir el monto total durante la operación del confinamiento controlado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 32) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.