Artículo 35 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
La Comisión es un grupo de personas que va a trabajar todo el tiempo, sin desaparecer. Su objetivo y quiénes la forman dependen de lo que dice otra ley.
Texto oficial
Artículo 35. La Comisión tendrá carácter de permanente, y su objeto e integración será de conformidad a lo establecido en la Ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.