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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGPSEDMTP/35
Ley
REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
Artículo
35

Artículo 35 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión es un grupo de personas que va a trabajar todo el tiempo, sin desaparecer. Su objetivo y quiénes la forman dependen de lo que dice otra ley.

Texto oficial

Artículo 35. La Comisión tendrá carácter de permanente, y su objeto e integración será de conformidad a lo establecido en la Ley.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (pág. 9) ↗

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