Artículo 37 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los acuerdos que tome la Comisión se pondrán en práctica según lo que cada miembro tenga permitido hacer por ley, de acuerdo a los mecanismos de cooperación que se definan y al dinero que ya esté aprobado en el presupuesto. Esto significa que no se puede hacer nada que esté fuera de lo que la ley les autoriza a los integrantes, ni gastar más de lo que ya tienen asignado.
Texto oficial
Artículo 37. Los acuerdos de la Comisión se ejecutarán de conformidad con el ámbito de competencia y las disposiciones jurídicas que resulten aplicables a sus integrantes, así como de los mecanismos de colaboración que se establezcan y la disponibilidad presupuestaria autorizada.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.