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Artículo 58 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión va a tener un grupo de personas llamado Subcomisión Consultiva. Este grupo sirve para analizar y dar su opinión sobre los temas que le tocan a la Comisión. Cómo va a trabajar y echar a andar esta Subcomisión lo va a decir su propio reglamento interno, como si fuera el manual de instrucciones.

Texto oficial

Artículo 58. La Comisión contará con una Subcomisión Consultiva, como instancia colegiada de análisis y opinión de los asuntos competencia de la Comisión. El funcionamiento y operación de la Subcomisión Consultiva se establecerá en el Reglamento Interno.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.