- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
- Artículo
- 58
Artículo 58 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión va a tener un grupo de personas llamado Subcomisión Consultiva. Este grupo sirve para analizar y dar su opinión sobre los temas que le tocan a la Comisión. Cómo va a trabajar y echar a andar esta Subcomisión lo va a decir su propio reglamento interno, como si fuera el manual de instrucciones.
Texto oficial
Artículo 58. La Comisión contará con una Subcomisión Consultiva, como instancia colegiada de análisis y opinión de los asuntos competencia de la Comisión. El funcionamiento y operación de la Subcomisión Consultiva se establecerá en el Reglamento Interno.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.