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Ley
REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia
Artículo
20

Artículo 20 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien sufre violencia o es víctima de un delito, tiene derecho a recibir ayuda, protección y apoyo, además de que le reparen el daño que le causaron. Esto se hace siguiendo lo que dice el artículo 11 de esta Ley, la Ley General de Víctimas y otras reglas que aplican. En pocas palabras, el gobierno debe coordinar sus programas y acciones para asegurarse de que las víctimas reciban todo lo que necesitan para estar mejor.

Texto oficial

Artículo 20.- Las víctimas de la Violencia o de la delincuencia recibirán la atención, asistencia, protección, reparación del daño y apoyo, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley, la Ley General de Víctimas y demás disposiciones jurídicas aplicables. CAPÍTULO TERCERO DE LA COORDINACIÓN, PROGRAMAS Y ACCIONES

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia (pág. 5) ↗

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