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Ley
REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia
Artículo
30

Artículo 30 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para hacer el plan nacional de seguridad, la dependencia encargada (la Secretaría) primero debe estudiar a fondo qué provoca la inseguridad, sus causas y los riesgos que existen. También tiene que ver cuáles son las consecuencias de la violencia y cómo afectan a diferentes grupos o zonas del país. En pocas palabras, necesitan analizar todo lo que influye en la delincuencia para poder atacarlo mejor.

Texto oficial

Artículo 30.- Para la elaboración del Programa Nacional, la Secretaría realizará un análisis que comprenderá, cuando menos, los factores que generan la inseguridad, sus causas, los factores de riesgo y sus consecuencias, así como el reconocimiento de la incidencia en la Violencia y la delincuencia por sectores.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia (pág. 7) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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