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Artículo 31 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Programa Nacional va a tener indicadores, que son como medidas o datos concretos para saber si las acciones contra la violencia y la delincuencia están funcionando. Con esos indicadores se va a poder analizar qué tanto se logró prevenir los delitos. También van a servir para ver cómo esas acciones afectan la seguridad pública, o sea, la protección de todos contra el crimen. Así se puede saber si el plan está dando resultados o si hay que cambiarlo.

Texto oficial

Artículo 31.- El Programa Nacional deberá contener indicadores que permitan medir y analizar el impacto de los resultados alcanzados en materia de prevención social de la Violencia y la delincuencia y su impacto en las acciones de seguridad pública.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.