- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia
- Artículo
- 5
Artículo 5 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Secretariado Ejecutivo, junto con el Centro Nacional y la Subsecretaría, va a hacer unos estudios llamados Diagnósticos Participativos. Estos sirven para entender qué problemas de violencia y delincuencia afectan a la gente. Después, los resultados se publican en el sitio web del Secretariado Ejecutivo. Así cualquier persona puede ver qué zonas tienen más violencia y delincuencia.
Texto oficial
Artículo 5.- El Secretariado Ejecutivo, a través del Centro Nacional, en coordinación con la Subsecretaría, llevará a cabo Diagnósticos Participativos que permitan conocer los problemas que afectan a la sociedad en materia de Violencia y delincuencia. Los Diagnósticos Participativos estarán publicados en la página web del Secretariado Ejecutivo, a efecto de conocer las zonas con mayores índices de Violencia y delincuencia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.