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Ley
REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia
Artículo
5

Artículo 5 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Secretariado Ejecutivo, junto con el Centro Nacional y la Subsecretaría, va a hacer unos estudios llamados Diagnósticos Participativos. Estos sirven para entender qué problemas de violencia y delincuencia afectan a la gente. Después, los resultados se publican en el sitio web del Secretariado Ejecutivo. Así cualquier persona puede ver qué zonas tienen más violencia y delincuencia.

Texto oficial

Artículo 5.- El Secretariado Ejecutivo, a través del Centro Nacional, en coordinación con la Subsecretaría, llevará a cabo Diagnósticos Participativos que permitan conocer los problemas que afectan a la sociedad en materia de Violencia y delincuencia. Los Diagnósticos Participativos estarán publicados en la página web del Secretariado Ejecutivo, a efecto de conocer las zonas con mayores índices de Violencia y delincuencia.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia (pág. 2) ↗

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