Artículo 1147 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo fue eliminado de la ley desde el 4 de febrero de 1998, por lo que ya no existe ni se aplica. "Derogar" significa que se quitó oficialmente del código o reglamento, como cuando se borra una regla del manual. Entonces, no tienes que preocuparte por cumplir con algo que ya no está vigente.
Texto oficial
ARTICULO 1147.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 04-02-1998
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.