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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MCSAEPS_281204/1148
Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
1148

Artículo 1148 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve para nada. La palabra "derogar" significa que la ley que estaba aquí se canceló oficialmente y dejó de tener efectos desde el 4 de febrero de 1998. No tienes que preocuparte por este artículo porque ya no es válido, no te obliga ni te da ningún derecho. Es como si hubiera sido borrado del código.

Texto oficial

ARTICULO 1148.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 04-02-1998

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 97) ↗

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