Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MCSAEPS_281204/1157
- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 1157
Artículo 1157 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 1157 fue eliminado de la ley desde el 4 de febrero de 1998. Significa que ya no existe ni aplica para ningún caso. Si ves este número en algún documento, no te preocupes, no tienes que hacerle caso porque está totalmente fuera de uso. En pocas palabras, es como si esa regla nunca hubiera existido.
Texto oficial
ARTICULO 1157.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 04-02-1998
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.