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Artículo 1157 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 1157 fue eliminado de la ley desde el 4 de febrero de 1998. Significa que ya no existe ni aplica para ningún caso. Si ves este número en algún documento, no te preocupes, no tienes que hacerle caso porque está totalmente fuera de uso. En pocas palabras, es como si esa regla nunca hubiera existido.

Texto oficial

ARTICULO 1157.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 04-02-1998

Ver ley oficial en el DOF (pág. 98) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.