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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
1221

Artículo 1221 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Salud va a decir qué medidas de limpieza y seguridad se deben seguir para proteger tu salud cuando se manejen ciertos productos y sustancias peligrosas. También va a poner reglas para desinfectar las áreas y herramientas de trabajo, cómo empacarlos, guardarlos y transportarlos, y cómo tirar sus envases y desperdicios de forma segura. Además, puede agregar cualquier otra condición que considere necesaria para vigilar que todo se haga sin riesgos para la salud.

Texto oficial

ARTICULO 1221.- La Secretaría determinará los requisitos sanitarios para la protección de la salud durante todo acto relacionado con el proceso, la aplicación y uso de los productos y sustancias que regula este Título. Asimismo establecerá, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras autoridades competentes: I. Los procedimientos y requisitos de descontaminación de áreas y equipos de trabajo; II. Los requisitos sanitarios para su embalaje, envase, almacenamiento y transporte; III. Los requisitos sanitarios para la recolección, transporte y disposición final de sus envases, desechos y residuos, y IV. Los demás aspectos, condiciones, requisitos y características que juzgue necesarios para la vigilancia y control sanitarios de su proceso, aplicación y uso.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 102) ↗

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