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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
1270

Artículo 1270 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Salud va a decidir qué reglas de limpieza y seguridad debe tener cada tipo de envase que se use para alimentos o bebidas. Esas reglas las van a poner en una norma oficial, como un manual con los requisitos que hay que cumplir. Así que no es que cualquier envase sirva, sino que debe cumplir con lo que diga esa norma.

Texto oficial

ARTICULO 1270.- Las características sanitarias para cada tipo de envase serán determinadas por la Secretaría y se incluirán en la norma correspondiente.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 107) ↗

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