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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
1271

Artículo 1271 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe como ley, porque fue eliminado (derogado) el 9 de agosto de 1999. Cuando un artículo está derogado, significa que ya no tienes que cumplirlo ni te afecta, como si lo hubieran borrado del código. Así que no hay nada que explicar ni aplicar de él. Solo recuerda que ya no es válido.

Texto oficial

ARTICULO 1271.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 107) ↗

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