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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MCSAEPS_281204/1286
Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
1286

Artículo 1286 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 1286 dice que los gases que se usan en los aerosoles (como sprays) no deben ser psicotrópicos, es decir, sustancias que afectan la mente o el sistema nervioso y que están prohibidas por la ley. Además, esos gases tienen que cumplir con los límites que la ley permite sobre sus propiedades físicas, químicas y microbiológicas. En pocas palabras, los aerosoles deben ser seguros y no contener sustancias dañinas para la salud.

Texto oficial

ARTICULO 1286.- Sin perjuicio de lo previsto en otras disposiciones aplicables, los propelentes utilizados en los aerosoles no deberán estar incluidos en la relación de productos psicotrópicos que contempla la Ley y sus Reglamentos; no deberán rebasar los límites autorizados para las características físico-químicas y microbiológicas del producto.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 108) ↗

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