- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 1300
Artículo 1300 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Salud va a crear y supervisar las reglas de seguridad para aparatos médicos que emiten radiación, pero que no usan materiales radiactivos, como algunos rayos X. Esto lo hace sin meterse en lo que ya dice otra ley especial sobre energía nuclear. Si los aparatos médicos sí usan materiales radiactivos, la Secretaría tiene que coordinarse con otras dependencias del gobierno, como la de energía, para vigilar su uso. En cuanto a todo el proceso del combustible nuclear, desde su extracción hasta su desecho, se rige únicamente por la ley de energía nuclear, no por estas reglas. En pocas palabras, aquí se separa lo que es seguro para aparatos médicos comunes y lo que ya está controlado por otras leyes sobre radiactividad más peligrosa.
Texto oficial
ARTICULO 1300.- La Secretaría dictará y vigilará el cumplimiento de las normas de seguridad radiológica en lo referente a fuentes de radiaciones ionizantes con fines médicos que no utilicen materiales radiactivos, sin perjuicio de lo que al respecto disponga la Ley Reglamentaria del artículo 27 constitucional en materia nuclear y otras disposiciones legales. Tratándose de fuentes de radiaciones ionizantes que utilicen materiales radiactivos, la Secretaría, conforme a lo establecido en el artículo 120 de la Ley se coordinará con las demás dependencias y entidades competentes para el ejercicio de las atribuciones a que se refiere este artículo. En lo referente al ciclo del combustible nuclear, se estará a lo establecido por la Ley Reglamentaria del artículo 27 constitucional, en materia nuclear.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.