- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 1310
Artículo 1310 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Está prohibido exponer a mujeres que puedan embarazarse y a menores de edad (hombres o mujeres) a niveles de radiación más altos de lo que se permite para la gente común. Es decir, no se puede poner en riesgo a estos grupos con dosis extras de radiación que ya están establecidas como seguras para la mayoría.
Texto oficial
ARTICULO 1310.- Queda prohibida la exposición a dosis mayores de las establecidas para situaciones normales, a mujeres en edad fértil y a menores de 18 años de cualquier sexo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.