- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 132
Artículo 132 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que te den una autorización sanitaria, primero tienes que cumplir con todo lo que pide la Ley, este Reglamento y las normas aplicables. Si no juntas todos los requisitos, condiciones o trámites que marcan, no te la van a otorgar. Es como cuando tramitas un permiso: solo te lo dan si entregas todo en orden y a tiempo.
Texto oficial
ARTICULO 132.- Sólo procederá el otorgamiento de una autorización sanitaria cuando el solicitante hubiere satisfecho los requisitos, términos y condiciones que para tal efecto determine la Ley, este Reglamento y las normas correspondientes.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.