Artículo 209 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 209 dice que el agua potable es aquella que puedes tomar sin que te haga daño. Para que se considere segura, no debe tener microbios que causen enfermedades ni sustancias venenosas. También debe cumplir con lo que marcan las reglas de este capítulo y la norma oficial mexicana. En pocas palabras: es agua limpia que no te enferma.
Texto oficial
ARTICULO 209.- Se considera agua potable o agua apta para consumo humano, toda aquella cuya ingestión no cause efectos nocivos a la salud. Se considera que no causa efectos nocivos a la salud, cuando se encuentra libre de gérmenes patógenos y de sustancias tóxicas, y cumpla, además con los requisitos que se señalan en este Título y en la norma correspondiente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.