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Artículo 281 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no existe. La palabra "derogado" significa que fue eliminado oficialmente por una ley posterior. Desde agosto de 1999, no tiene ningún valor legal y no se aplica en ningún caso.

Texto oficial

ARTICULO 281.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 41) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.