Artículo 281 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no existe. La palabra "derogado" significa que fue eliminado oficialmente por una ley posterior. Desde agosto de 1999, no tiene ningún valor legal y no se aplica en ningún caso.
Texto oficial
ARTICULO 281.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
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