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Artículo 280 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve, porque fue derogado el 9 de agosto de 1999. Eso significa que se canceló y ya no tiene ningún efecto legal. No debes tomarlo en cuenta para nada, como si nunca hubiera existido. Para cualquier asunto legal, necesitas buscar la ley actualizada.

Texto oficial

ARTICULO 280.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 41) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.