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Artículo 315 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo fue eliminado de la ley. La palabra "derogado" significa que ya no está vigente, como si lo hubieran borrado del reglamento. La fecha que aparece (09-08-1999) indica cuándo se quitó oficialmente. En pocas palabras, no tienes que preocuparte por este artículo porque ya no aplica para nada.

Texto oficial

ARTICULO 315.- (Se deroga) REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE SALUD EN MATERIA DE CONTROL SANITARIO DE ACTIVIDADES, ESTABLECIMIENTOS, PRODUCTOS Y SERVICIOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 28-12-2004 44 de 125 Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 43) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.