Artículo 327 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo estaba en el código legal, pero ya no sirve porque fue derogado (es decir, eliminado) el 9 de agosto de 1999. Como ya no existe, no tienes que preocuparte por cumplirlo ni tomarlo en cuenta. Es como si nunca hubiera estado vigente desde esa fecha.
Texto oficial
ARTICULO 327.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.