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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MCSAEPS_281204/328
Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
328

Artículo 328 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 328 fue eliminado de la ley desde el 9 de agosto de 1999. Cuando un artículo está derogado, significa que ya no tiene validez ni se aplica en ningún caso. Básicamente, es como si nunca hubiera existido para efectos legales actuales. No tienes que preocuparte por sus reglas, porque ya no existen.

Texto oficial

ARTICULO 328.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 44) ↗

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