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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MCSAEPS_281204/414
Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
414

Artículo 414 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve porque fue eliminado en 1999. Cuando una ley dice que está "derogada", significa que ya no tiene ningún efecto legal, como si la hubieran borrado. Así que no te preocupes por lo que decía, ya no tienes que cumplirlo ni tomarlo en cuenta.

Texto oficial

ARTICULO 414.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 50) ↗

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