Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MCSAEPS_281204/420
- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 420
Artículo 420 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve porque fue eliminado de la ley desde el 9 de agosto de 1999. Cuando una ley dice "derogado", significa que el gobierno decidió quitarlo y ya no tiene ningún efecto legal. No te preocupes por lo que decía, porque hoy en día no aplica para nada ni te obliga a hacer algo.
Texto oficial
ARTICULO 420.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.