Artículo 445 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo solo dice que ya no existe, que fue eliminado de la ley desde el 9 de agosto de 1999. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no tiene validez ni efectos legales. En pocas palabras, ya no tienes que preocuparte por este artículo porque ya no aplica para nada.
Texto oficial
ARTICULO 445.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.