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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MCSAEPS_281204/485
Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
485

Artículo 485 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 485 ya no existe. Fue eliminado de la ley el 9 de agosto de 1999, por lo que no aplica para nada hoy en día. Cuando un artículo está "derogado", significa que perdió su validez y ya no se usa. Básicamente, no tienes que preocuparte por él.

Texto oficial

ARTICULO 485.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 55) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.