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Artículo 492 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 492 fue eliminado de la ley el 9 de agosto de 1999, por lo que ya no está vigente ni se aplica. Cuando un artículo se deroga, es como si se cancelara oficialmente y deja de tener efecto legal. Eso significa que no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no es parte de las reglas actuales.

Texto oficial

ARTICULO 492.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 55) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.