Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MCSAEPS_281204/492
- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 492
Artículo 492 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 492 fue eliminado de la ley el 9 de agosto de 1999, por lo que ya no está vigente ni se aplica. Cuando un artículo se deroga, es como si se cancelara oficialmente y deja de tener efecto legal. Eso significa que no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no es parte de las reglas actuales.
Texto oficial
ARTICULO 492.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
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