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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
51

Artículo 51 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las etiquetas de los productos deben seguir las reglas que marca el artículo 210 de la Ley, este Reglamento y otras normas que apliquen. Eso significa que no pueden poner cualquier cosa; tienen que cumplir con lo que digan las autoridades. Es como cuando ves en un empaque la información obligatoria, como ingredientes o fechas, todo eso debe estar bien puesto según la ley. Cada producto debe traer su etiqueta al pie de la letra con lo que exigen las reglas.

Texto oficial

ARTICULO 51.- El etiquetado de los productos deberá cumplir con lo que dispone el artículo 210 de la Ley, este Reglamento, las normas correspondientes y demás disposiciones aplicables.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 11) ↗

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