Artículo 546 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no sirve, está derogado. Significa que fue eliminado de la ley desde el 9 de agosto de 1999, así que ya no tienes que preocuparte por él. Simplificando: ni aplica ni tiene ningún efecto legal hoy en día.
Texto oficial
ARTICULO 546.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.