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Artículo 556 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 556 fue eliminado del código, por lo que ya no existe ni se aplica. Cuando una ley se deroga, significa que queda sin efecto y no se puede usar para nada. Este artículo en particular dejó de ser válido desde el 9 de agosto de 1999. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no tiene ninguna consecuencia legal.

Texto oficial

ARTICULO 556.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 59) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.