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Artículo 579 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo fue eliminado de la ley en 1999, por lo que ya no existe ni se aplica. Significa que no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no tiene ningún efecto legal. En pocas palabras, es como si nunca hubiera estado en vigor.

Texto oficial

ARTICULO 579.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 61) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.