Artículo 585 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 585 fue eliminado de la ley desde el 9 de agosto de 1999. Que esté derogado significa que ya no tiene validez ni se aplica en ningún caso. Como si nunca hubiera existido para efectos legales actuales. No hay nada que cumplir ni que temer de este artículo, porque ya no forma parte de las reglas vigentes.
Texto oficial
ARTICULO 585.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.