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Artículo 585 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 585 fue eliminado de la ley desde el 9 de agosto de 1999. Que esté derogado significa que ya no tiene validez ni se aplica en ningún caso. Como si nunca hubiera existido para efectos legales actuales. No hay nada que cumplir ni que temer de este artículo, porque ya no forma parte de las reglas vigentes.

Texto oficial

ARTICULO 585.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 61) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.