Artículo 704 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 704 ya no existe en la ley desde el 9 de agosto de 1999. Eso significa que está "derogado", o sea, que fue cancelado oficialmente y ya no tiene ningún efecto. No debes preocuparte por él porque no aplica en ningún caso actual.
Texto oficial
ARTICULO 704.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.