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Artículo 703 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 703 fue eliminado de la ley el 9 de agosto de 1999, por lo que ya no tiene ningún efecto legal. En México, cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que se canceló oficialmente y ya no se aplica. Así que, a partir de esa fecha, este artículo dejó de existir para cualquier trámite o situación.

Texto oficial

ARTICULO 703.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 68) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.