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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
706

Artículo 706 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado y cancelado por completo desde el 9 de agosto de 1999. Eso significa que ya no existe ninguna obligación ni regla que debas cumplir aquí. En términos sencillos, es como si esa parte de la ley nunca hubiera estado vigente.

Texto oficial

ARTICULO 706.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 68) ↗

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