Artículo 735 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo fue eliminado de la ley desde el 9 de agosto de 1999, así que ya no existe. Estar "derogado" significa que quedó sin efecto, como cuando cancelas un pedido o un permiso. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por cumplirlo ni aplicarlo.
Texto oficial
ARTICULO 735.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.