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Artículo 741 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo fue eliminado de la ley. No tiene ningún efecto legal porque fue derogado, es decir, ya no existe como regla. No importa lo que decía antes, ahora no debes preocuparte por él, porque oficialmente ya no aplica desde agosto de 1999.

Texto oficial

ARTICULO 741.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 70) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.