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Artículo 740 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no sirve, está derogado desde 1999, como si lo hubieran borrado de la ley. Significa que ya no tiene ningún efecto legal y no se puede aplicar para nada en la actualidad.

Texto oficial

ARTICULO 740.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 70) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.