Artículo 743 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 743 fue eliminado de la ley desde el 9 de agosto de 1999, por lo que ya no está vigente. Todo el Capítulo III, que hablaba de alimentos de cereales para bebés y niños pequeños, también se eliminó en esa misma fecha. Eso significa que ya no hay reglas especiales en esa parte del reglamento para esos productos.
Texto oficial
ARTICULO 743.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999 CAPITULO III Alimentos Elaborados a Base de Cereales, para Lactantes y Niños de Corta Edad (Se deroga) REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE SALUD EN MATERIA DE CONTROL SANITARIO DE ACTIVIDADES, ESTABLECIMIENTOS, PRODUCTOS Y SERVICIOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 28-12-2004 71 de 125 Capítulo derogado DOF 09-08-1999
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