Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MCSAEPS_281204/744
- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 744
Artículo 744 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no sirve, fue eliminado de la ley desde 1999. Como está derogado, no tienes que preocuparte por él, no aplica para nada.
Texto oficial
ARTICULO 744.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
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