Artículo 745 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no aplica, porque fue derogado (eliminado) hace muchos años. Significa que lo que decía ya no es ley y no tienes que tomarlo en cuenta.
Texto oficial
ARTICULO 745.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.