Artículo 768 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 768 ya no existe ni es válido porque fue eliminado oficialmente el 9 de agosto de 1999. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no tiene efecto legal y no se puede usar para nada. En la práctica, es como si nunca hubiera existido a partir de esa fecha. No tienes que preocuparte por cumplirlo ni te puede afectar.
Texto oficial
ARTICULO 768.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.